DOMINADAS
EJECUCIÓN:
Inicia el movimiento colgándote a la barra de dominadas, puedes variar la separación entre
cada mano, y el agarre puede ser pronado (o sea que las palmas de tus manos se dirijan hacia ti) o
supinado (que las palmas vean hacia afuera), de esta forma proporcionas estímulos diferentes
a los músculos de la espalda.
Extiende los brazos por completo y relaja los hombros para que los dorsales queden totalmente
estirados. Inspira profundamente y aguanta la respiración mientras contraes los dorsales para
elevarte hacia arriba lentamente. Sube hasta que la barbilla llegue a la altura de la barra. Mantén
los codos a los lados y hacia fuera. Expulsa el aire y baja a la posición inicial. El descenso es
controlado, evitando dejar caer el cuerpo y frenando el movimiento para trabajar la fase negativa
o excéntrica.
Al subir no subas la piernas para ayudarte.
DIRECTOR DE SEGURIDAD
TE AYUDAMOS A REALIZAR TU PROYECTO FIN DE CURSO DIRECTOR DE SEGURIDAD
Te ayudamos a realizar tu proyecto fin de curso Director de Seguridad.
Si no tienes tiempo o no sabes hacerlo , nosotros podemos ayudarte tanto en la parte teórica como en el proyecto final, dudas en la planimetría, los medios técnicos, el calculo de riesgos , el índice etc , en todo te podemos ayudar , colaboramos de muchas formas y posibilidades, no te quedes atrás
y ponte en contacto con nosotros a través del formulario de contacto siguiente.
Seriedad y experiencia
Contacta con nosotros
CONTRATA UN DIRECTOR DE SEGURIDAD PARA TUS EVENTOS
Si eres un promotor de eventos y espectáculos, no te la juegues y contrata un Director de Seguridad para tus eventos en el lugar que precises de toda la geografía española , muchos de nuestros compañeros Directores de Seguridad asociados a ADISPO estarán encantados de colaborar en la dirección del evento implantando un plan de seguridad integral que tenga todos los detalles del evento bien organizado y atado sin que quede ningún pormenor suelto, realizando un análisis de riesgos que evalue los que pudieran surgir durante el evento y anticipándonos a los mismos.
Además de quitarte responsabilidades jurídicas , tendrás el éxito como resultado .
Los Directores de seguridad son el personal de seguridad privada mas cualificado y habilitado como máximos responsables de cualquier evento y servicio con seguridad privada, además puedes contratarle solo por el tiempo de organización y resolución del evento así como para su síntesis final.
Este año 2021 será un año de grandes eventos donde habrá que recuperar el tiempo perdido , juntos podremos hacerlo.
Profesionalidad, seriedad y experiencia
Artículo 36. Directores de seguridad.
1. En relación con la empresa o entidad en la que presten sus servicios, corresponde a los directores de seguridad el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La organización, dirección, inspección y administración de los servicios y recursos de seguridad privada disponibles.
b) La identificación, análisis y evaluación de situaciones de riesgo que puedan afectar a la vida e integridad de las personas y al patrimonio.
c) La planificación, organización y control de las actuaciones precisas para la implantación de las medidas conducentes a prevenir, proteger y reducir la manifestación de riesgos de cualquier naturaleza con medios y medidas precisas, mediante la elaboración y desarrollo de los planes de seguridad aplicables.
d) El control del funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de seguridad privada.
e) La validación provisional, hasta la comprobación, en su caso, por parte de la Administración, de las medidas de seguridad en lo referente a su adecuación a la normativa de seguridad privada.
f) La comprobación de que los sistemas de seguridad privada instalados y las empresas de seguridad privada contratadas, cumplen con las exigencias de homologación de los organismos competentes.
g) La comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes de las circunstancias o informaciones relevantes para la seguridad ciudadana, así como de los hechos delictivos de los que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
h) La interlocución y enlace con la Administración, especialmente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, respecto de la función de seguridad integral de la entidad, empresa o grupo empresarial que les tenga contratados, en relación con el cumplimiento normativo sobre gestión de todo tipo de riesgos.
i) Las comprobaciones de los aspectos necesarios sobre el personal que, por el ejercicio de las funciones encomendadas, precise acceder a áreas o informaciones, para garantizar la protección efectiva de su entidad, empresa o grupo empresarial.
2. Los usuarios de seguridad privada situarán al frente de la seguridad integral de la entidad, empresa o grupo empresarial a un director de seguridad cuando así lo exija la normativa de desarrollo de esta ley por la dimensión de su servicio de seguridad; cuando se acuerde por decisión gubernativa, en atención a las medidas de seguridad y al grado de concentración de riesgo, o cuando lo prevea una disposición especial.
Lo dispuesto en este apartado es igualmente aplicable a las empresas de seguridad privada.
3. En las empresas de seguridad el director de seguridad podrá compatibilizar sus funciones con las de jefe de seguridad.
4. Cuando una empresa de seguridad preste servicio a un usuario que cuente con su propio director de seguridad, las funciones encomendadas a los jefes de seguridad en el artículo 35.1.a), b), c), y e) serán asumidas por dicho director de seguridad.
5. El ejercicio de funciones podrá delegarse por los directores de seguridad en los términos que reglamentariamente se disponga.